La judicialización de las dificultades de los padres para lograr acuerdos tiene un impacto muy alto en la vida de las familias. Es que tomar el camino judicial para resolver los temas de las parejas que se separan tiene un inicio claro, pero lo que ocurre en el camino y cómo y cuándo termina, siempre es incierto.

Lo que no es incierto, es que el conflicto alto y sostenido de la expareja interfiere tanto en las capacidades parentales de cada uno de ellos, como en la posibilidad de que hagan un ejercicio parental coordinado entre ambos: obstaculiza o derechamente impide la co-parentalidad.

Si el conflicto de la pareja que está terminando o terminó su relación, impide que alcancen buenos acuerdos respecto del cuidado de sus hijos, entonces uno de ellos o ambos, recurrirán al sistema judicial, como tercero, en manos del que dejarán la definición de las materias en disputa. En estos casos, lo judicial no es el último recurso, sino la expresión de la dificultad de dialogar, de mirarse a los ojos y escucharse, del temor a no ser capaz de negociar y obtener acuerdos justos o incluso, de intentos más bien tímidos o preliminares que se desestiman a poco andar ante las dificultades en los avances. Por cualquiera de estas razones, ante la imposibilidad de llegar a acuerdos, los padres delegan en el Estado las decisiones respecto de sus hijos. Si la intervención judicial no resuelve o resuelve de modo que deja disconforme a uno o a ambos padres, entonces se desata una escalada judicial, cuyo tiempo y final, son impredecibles.

La judicialización impacta gravemente la coparentalidad porque pone a los padres en veredas opuestas. La judicialización convierte a los padres en “partes” y a cada uno de ellos en “contraparte del otro”. ¿Es posible ser contraparte y trabajar en conjunto por el bienestar de los hijos en común? Claramente, no.

Cuando los padres se convierten en contraparte, deja de ser posible el ejercicio de la coparentalidad. Pero hay algo más grave aún: el ejercicio de la parentalidad (la relación del padre y de la madre con sus hijos) también se ve interferida, limitada e incluso en situaciones más extremas, impedida. Esto ocurre porque cada uno de los padres involucra a los hijos en el conflicto y en los procesos judiciales y ambos lo hacen por la misma razón: “por el bien de los hijos”.

Por “el bien de los hijos”, les leen o dan acceso a las actas judiciales en que cada uno de ellos señala con minucioso detalle cómo la “otra parte” (el padre o madre) ha dañado y afectado en su desarrollo a sus hijos o ha interferido en la relación parento-filial del otro padre. Por “el bien de los hijos”, no cumplen los acuerdos de cuidado o régimen de contacto. Por “el bien de los hijos” obstaculizan o impiden el vínculo con el otro padre o madre. Por “el bien de los hijos”, los niños y jóvenes tienen que ir a declarar a tribunales, acto en que sienten que se ponen “de parte” de uno de sus padres y en contra del otro.

En la escalada judicial, los padres van perdiendo progresivamente su rol protector con los hijos. Algunas veces, con poca conciencia de ello. Otras, pese a la conciencia, no se pueden detener, dominados por el dolor y la rabia de los conflictos de pareja que han dejado heridas que aún no han sanado. Son padres y madres que quieren a sus hijos, pero cegados por la rabia, el dolor y la necesidad de justicia, quedan capturados en esta guerra que tiene una dimensión concreta y material (días de encuentro, vacaciones, permisos de viajes, pensión de alimento…) y otro emocional y relacional (duelo incompleto, necesidad de reparación, búsqueda de justicia, restitución de la dignidad perdida)

Por esto, la escalada judicial en temas de familia es siempre una escalada relacional-judicial en que los tribunales son el escenario para la tramitación legal de conflictos de orden emocional que no han logrado ser resueltos en el espacio de las relaciones. En esta escalada, que crece y crece, las funciones parentales (nutritivas o afectivas, socializantes y normativas) se van debilitando progresivamente y la coparentalidad haciendo un imposible.

Los padres, que ahora son contraparte, gastan muchísima energía en el proceso judicial, quedando poca disponibilidad emocional para las tareas extraordinariamente demandantes de la crianza. El otro padre o madre con quién se podría hacer trabajo cooperativo, es el enemigo de quién se deben defender y una amenaza que mantiene el sistema defensivo en alerta. Todo puede ser usado en contra o constituir prueba determinante en el proceso.

La escalada relacional-judicial ejerce una fuerza centrípeta que va poco a poco incluyendo capas más externas al sistema expareja: hijos, familia de origen, amigos, sistema escolar y alcanza hasta a los profesionales de la salud mental y abogados. Todos toman partido por uno u otro. ¿Quién toma partido por los hijos?

En las dinámicas adversariales la cooperación no cabe. Y si no cabe la cooperación entre padre y madre. ¿Qué pueden esperar los hijos? Claramente, poco o nada. Ante esta realidad, lo natural es que los hijos terminen tomando partido. Toman parte por una de las partes (recordemos que a esta altura el padre y la madre ya son “las partes”) Esto contribuye a intensificar la disputa y la escalada relacional-judicial o bien, a la abdicación del otro padre o madre, quien se retira.

En cualquiera de los dos casos, los hijos pierden a ambos padres y también la relación co-parental. Pierden a quien abdica, pero también pierden al padre o madre que se queda, pues a este/a los hijos le van a decir y mostrar lo que quiere escuchar y ver, ya que quedan en una posición invisible “sobre” este padre o madre a quien deben cuidar estando de su lado. Pierden también la relación entre sus padres: la coparentalidad, que es la que multiplica los recursos de cada uno de ellos, la que complementa las fortalezas y compensa las debilidades de cada padre, la que enriquece el repertorio que individualmente pueden ofrecer a sus hijos, la que hace a los hijos sentir que son sostenidos en la red que se arma entre sus padres. Cuando las dinámicas adversariales se instalan en el seno de las familias, todos pierden. Lo más importante: los hijos pierden a sus padres.

Es por esto por lo que intervenir tempranamente en el conflicto post-conyugal es un imperativo para los profesionales que de uno u otro modo acompañan los procesos de separación de sus clientes o pacientes. Desde cualquiera de los roles en que nos toque participar, podemos elegir ayudar a los padres a lograr acuerdos en post del bienestar de sus hijos. Instarlos a hacer un esfuerzo real y positivo en pos de un acercamiento. Ayudarlos a construir puentes entre ellos para que resuelvan sus dificultades y no escalen progresivamente dañándose y dañándolos. A poner en el centro las necesidades de sus hijos e hijas y desde esa sensibilidad, estar dispuestos a dar otro lugar al pasado y mirar y decidir en el presente, con perspectiva de futuro. A pensar en las posibilidades que regala a sus hijos el trabajo parental coordinado y respetuoso como ejemplo del modo en que van a resolver sus dificultades en las relaciones cuando sean jóvenes y adultos.

Intervenir tempranamente, pero no de cualquier modo, sino desde la perspectiva de promover colaboración entre los padres y de colaborar entre los profesionales que los asisten. Desde cualquiera de los roles en que nos toque participar de los procesos de separación de una pareja que tiene hijos, podemos y debemos promover relaciones respetuosas y construir colaboración, ahora sí, por el bien superior de los niños.

Si esto ocurre, y a pesar de que los padres hayan transitado por el camino del litigio y la confrontación sistemática, pueden, si quieren, elegir un camino nuevo e intentar reconstruir una relación parental y coparental que permita que dejen de ser contraparte y vuelvan a ser padres.

Ps. Claudia Cáceres P.

Miembro equipo COOPERATI